La alta funcionaria, en plenas facultades de
ejercicio y administración de sus responsabilidades, aclaró que el mero
concierto de las instituciones del Estado son requisitos suficientes para la
aplicación de la justicia en un caso tan delicado como el despojo de su
libertad y atribuciones a ciudadanos recién electos.
No se está juzgando a un personaje común (de ser
así, también configura una aberración judicial), sino a un par de máximos
representantes de un poder público autónomo como el municipal, legitimados
incluso por el régimen del que Ramírez es parte, y acusados en audiencia
exprés, sin pruebas, argumentos ni instancia para introducir apelación alguna.
El hecho ha producido la repulsa reacción de
abogados y dirigentes políticos de todo el mundo. No hay que pasar muchas
páginas para recordar que los desmanes, atrocidades y arbitrariedades de la
Alemania Nazi y la Italia Fascista, fueron “legales”. El momento es propicio
para repasar películas y documentales sobre los Juicios de Núremberg
(1945-1946) que se consiguen en cualquier red social.
Referente a la legalidad de Ramírez, el Dr. Allan
Brewer-Carías realizó unas “Reflexiones sobre la situación venezolana”
disponibles en su web www.allanbrewercarias.com.
Resuelve: “Si el Estado totalitario (que es el que controla la totalidad de los
poderes y de la vida de los ciudadanos) viola los derechos humanos, si ello lo
hace con la participación de todos los poderes públicos, así sea contrario a la
Constitución, entonces ello es ‘legal”.
Y es que en Venezuela, tenemos meses con una férrea
labor de informar a la población en general sobre la naturaleza dictatorial del
gobierno de Nicolás Maduro. El Plan de la Patria, la materialización del Estado
totalitario en pleno Siglo XXI, es un proyecto que poco a ocasiona los
destrozos ya evidenciados por toda la nación como el desabastecimiento, la
crisis inflacionaria, la multiplicación de la inseguridad personal, represión
de la protesta con la fuerza pública y grupos paramilitares, y encarcelamiento
de líderes opositores.
La nueva legalidad instalada en el país rechaza los
postulados de la actual Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV). Texto vigente, legítimo y que muta en herramienta del gobierno actual
para restringir, confiscar y atacar a la ciudadanía en miras del control total.
Giovanni Sartori en su obra “La Política” (1984), expresó: “Lo que una
democracia no llega a obtener de sus ciudadanos, un Estado totalitario lo
obtiene de sus súbditos”. Vale la réplica para la defensora Ramírez, que ni
defiende ni deja defender.
Y a propósito de los funcionarios que hoy restringen
las garantías ciudadanas, asfixiando los derechos fundamentales como parte del
programa dictatorial, sirve de reflexión la ya mencionada experiencia de
Núremberg. El imperio Nazi, luego de su derrumbe, ha sido condenado por la
historia universal. Extrapolado al trópico venezolano, el mejor referente de un
juez futuro, es el artículo 25 de la CRBV: “Todo acto dictado en ejercicio del
Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta
Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias
públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y
administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes
superiores”.
Ángel Arellano
Email: asearellano@yahoo.es
Twitter:
@angelarellano
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